Corte determina que la discapacidad de un paciente no justifica la posible negligencia de un hospital
Amparo directo en revisión 1956/2026
Un adolescente con síndrome de Down falleció después de ser trasladado de un hospital privado a otro debido a fallas en el suministro eléctrico del primero que provocaron afectaciones en sus equipos de ventilación asistida. La madre y el padre demandaron al hospital, al considerar que esas circunstancias afectaron su estado de salud. Un tribunal colegiado lo absolvió con el argumento de que el adolescente tenía síndrome de Down y otros padecimientos previos que habían agravado su condición y reducido sus posibilidades de recuperación.
La Suprema Corte concedió el amparo a los padres y ordenó al tribunal revisar nuevamente el caso, sin utilizar estereotipos o prejuicios asociados con la discapacidad. La nueva resolución debe determinar si las fallas ocurridas durante la atención médica tuvieron algún impacto en su estado clínico, así como si el hospital cumplió con sus obligaciones de protección al derecho a la salud.


Ver similares
José María Pino Suárez no. 2, colonia Centro. Cuauhtémoc, C.P. 06065, México, Ciudad de México
© 2026 - Todos los derechos reservados
