Corte protege agua de comunidades mayas; ministra Batres asume presidencia temporal
Comunicado 84/2026
La SCJN determinó que las comunidades no tienen que esperar a que se concrete un daño para exigir medidas de protección ambiental.
Ministra Batres Guadarrama asumió por quinta ocasión la conducción del Pleno ante la ausencia temporal del presidente de la SCJN, como corresponde a quien obtuvo el segundo lugar en la elección de miembros del máximo tribunal.
La sesión de este día fue encabezada por la Ministra Lenia Batres Guadarrama, en atención al mandato del artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que señala: En caso de ausencia de la o el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que no requiera licencia, será suplido por el Ministro o Ministra que haya obtenido el segundo lugar en la votación. Si la ausencia es menor a seis meses y requiere licencia, el Ministro o Ministra en segundo lugar asumirá la Presidencia de manera interina. No obstante, si la ausencia del Presidente o Presidenta supera dicho plazo, el Ministro o Ministra que ocupó el segundo lugar en la votación ejercerá el cargo de Presidente o Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por un plazo de dos años.
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Al resolver el amparo en revisión 283/2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las comunidades mayas de Konchén, Katab, El Poste y Pakchén, en Hopelchén, Campeche, no tienen que esperar a que ocurra algún daño ni demostrar plenamente que el agua ya está contaminada para recibir protección. Ante indicios suficientes de un posible riesgo para el agua, la salud y el medio ambiente, las autoridades deben actuar de manera preventiva.
Las comunidades acudieron a tribunales a denunciar que diversas autoridades no tomaron medidas suficientes para prevenir, vigilar e informar sobre los posibles riesgos de contaminación de sus aguas subterráneas y pozos. Un juzgado federal les negó inicialmente la protección al considerar que no existían pruebas suficientes para demostrar la contaminación del agua.
La SCJN revirtió esa decisión y ordenó a las autoridades realizar estudios y monitoreos del agua, informar públicamente sus resultados y adoptar las medidas necesarias para prevenir daños y garantizar a las comunidades el acceso a agua libre de contaminantes y su derecho a un medio ambiente sano.
26 de agosto de 2026
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