Derecho humano a la vivienda urbana
Colaboración con El Universal
Con el 31 de octubre, Día Mundial de las Ciudades desde 2014, las Naciones Unidas concluyen la jornada anual del Octubre Urbano.
En México, se calcula hasta en 81% la población habita en 4,189 ciudades, lo que nos sitúa como uno de los países más urbanizados en el mundo. 453 ciudades concentran 87.4 millones de personas.
Como sabemos, los problemas urbanos son múltiples: desigualdad espacial, contaminación, tráfico, hacinamiento.
Los retos urbanos más básicos se concentran en la posibilidad de que los habitantes cuenten con vivienda adecuada, agua potable, movilidad eficiente y gestión adecuada de residuos.
Sin duda, el mayor reto consiste en la disponibilidad de la vivienda.
En nuestra Constitución, el derecho a la vivienda se incorporó como derecho de la familia en 1993. En 2024 se convirtió en un derecho de “toda persona” y se homologó con el criterio de “vivienda adecuada” desarrollado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la Observación General 4, de 1991, como aquella que goza de seguridad en su tenencia, disponibilidad de servicios (agua, luz), asequibilidad en su costo, habitabilidad en sus características físicas, accesibilidad para sus habitantes con necesidades particulares y ubicación en zonas con servicios educativos, sanitarios, laborales, recreativos, culturales.
Dado el alto costo de la vivienda, se ha asumido de manera limitada la responsabilidad de los Estados en la vivienda. En México, ha girado alrededor de programas de financiamiento para los más pobres. El resto, ha sido dejado a las reglas del mercado.
Sin embargo, como todo derecho social, al mercado no le interesa resolver necesidades, sino vender productos atractivos. Ello es muy evidente cuando se presenta la oportunidad de especular con la vivienda. Cada vez son más amplias las zonas de gentrificación que desplazan y desplazan habitantes hacia zonas menos dotadas de servicios e infraestructura urbana.
En algunos países, se ha asumido la obligación de intervenir en múltiples políticas que neutralicen la especulación urbana y ayuden a evitar ese desplazamiento. Mantienen fuertes controles de la regulación a través del uso del suelo, la captación de plusvalías, la vivienda de alquiler o la generación de figuras colaborativas para facilitar la renovación social de la vivienda.
En países que tuvieron que reconstruir sus ciudades después de la Segunda Guerra Mundial, se desarrollaron políticas de vivienda social y pública, que se mantuvo durante décadas en el centro del Estado de Bienestar. Básicamente, consistieron en la construcción de vivienda de propiedad estatal en alquiler social y el subsidio a la propiedad y la autoproducción.
Inglaterra, Estados Unidos, Singapur, Austria o Hong Kong desarrollaron algunas de estas políticas.
En la Ciudad de Viena, el gobierno municipal administra un parque de viviendas cercano a las 200,000 unidades de vivienda pública y un número similar de vivienda construida con subsidio estatal, pero de propiedad cooperativa. Cerca del 60% de las personas residentes habita en uno de estos dos tipos de viviendas de alquiler.
Otro caso es el de Singapur, donde 80% de los hogares son de propiedad pública, que se asigna bajo contrato por 99 años durante los cuales es posible trasferir o heredar la posesión.
En Francia, el Organismo Público de Vivienda construye, administra y renta viviendas sociales. También funciona el arrendamiento real solidario que consiste en el otorgamiento de derechos sobre la vivienda pero no del suelo. El propietario de la vivienda paga una cuota periódica sobre sus derechos de construcción. Además, existe el alquiler controlado.
Hasta 2025, el parque de vivienda de alquiler social en Francia se contabilizaba en 5.39 millones de viviendas: 15.9% de las residencias.
En México, tenemos un largo camino hacia mayores política de vivienda.
Lenia Batres Guadarrama.
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