Ministra Lenia Batres respalda medidas para combatir la facturación falsa y la evasión fiscal
Comunicado 81/2026
La SCJN determinó que las personas juzgadoras no pueden otorgar la suspensión provisional para la emisión de facturas electrónicas mientras el SAT investiga posibles operaciones inexistentes o simuladas.
La ministra Lenia Batres respaldó el derecho de la SSPC a promover un juicio de amparo para defender recursos públicos ante posibles afectaciones a su patrimonio.
La ministra Lenia Batres Guadarrama respaldó la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que impide a las personas juzgadoras otorgar suspensión provisional a los contribuyentes para que continúen con la emisión de facturas electrónicas durante las investigaciones que realice el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por posibles operaciones inexistentes o simuladas.
El asunto surgió a partir de criterios opuestos de dos tribunales: uno consideró que debía permitirse la facturación para no afectar anticipadamente la actividad económica de las personas o empresas investigadas; el otro sostuvo que suspenderla temporalmente resulta necesario para prevenir fraudes y proteger los recursos públicos.
La SCJN determinó que no procede otorgar la suspensión provisional para la emisión de facturas mientras el SAT realiza este tipo de investigaciones. Esta restricción evita que posibles operaciones simuladas se prolonguen durante el juicio de amparo y fortalece las acciones contra la facturación falsa y la evasión fiscal.
Contradicción de criterios 55/2026
***
En otro asunto, la ministra Lenia Batres respaldó que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) pueda acudir al juicio de amparo para defender los recursos públicos vinculados con el cumplimiento de sus funciones.
La controversia surgió después de que la SSPC promovió un amparo contra una resolución que impidió continuar el proceso penal contra exservidores públicos investigados por presuntas irregularidades en contratos relacionados con centros penitenciarios y el uso indebido de recursos públicos. Un tribunal consideró que la dependencia no podía promoverlo porque no demostró una posible afectación a su patrimonio.
Amparo directo en revisión 791/2023
***
Finalmente, la ministra Lenia Batres votó a favor de invalidar disposiciones de la Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Extorsión del Estado de Tabasco, así como la correspondiente del estado de Baja California Sur, que establecían reglas sobre la investigación y el proceso penal de este delito, determinando que la materia de esta regulación corresponde únicamente al Congreso de la Unión; sin embargo, se pronunció en contra de extender la invalidez a otros artículos de dicha ley, al considerar que no invaden las competencias, cuando se limitan a reproducir disposiciones previstas en la legislación general en materia de extorsión.
Acciones de inconstitucionalidad 36/2026 y 44/2026
20 de agosto de 2026
Ver similares
José María Pino Suárez no. 2, colonia Centro. Cuauhtémoc, C.P. 06065, México, Ciudad de México
© 2026 - Todos los derechos reservados
