La Justicia de la Unión ampara y protege en contra del artículo 130 de la Ley del Seguro Social vigente al momento de los hechos, en la parte que establece que “Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión”, en términos de lo expuesto en la presente ejecutoria.
A propuesta de la ministra Batres, la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a los padres de un niño con atrofia muscular espinal, con el fin de que ambos puedan tener acceso a licencias laborales para poder atender a su hijo. Las leyes del IMSS y el ISSSTE ya permitían este tipo de licencias, pero sólo para casos de menores afectados por cáncer. El fallo permite que este beneficio se extienda a quienes tienen otro tipo de padecimientos.
La regulación de espacios cerrados libres de humo se asume como una medida progresiva que buscar garantizar el grado máximo del derecho a la salud de las personas dentro del cúmulo de acciones graduales que tiene el Estado a su disposición para consolidar su plena efectividad
Ministra Lenia Batres
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