SCJN armoniza sus criterios sobre el bloqueo de cuentas ordenado por la UIF ante operaciones ilícitas

Revisión en incidente de suspensión 1/2026

12 de agosto de 2026

La Suprema Corte resolvió, que la falta de una solicitud internacional no es motivo para suspender el bloqueo de cuentas ordenado por la UIF cuando existan indicios de posibles operaciones ilícitas.

Voté a favor de esta decisión, porque es congruente con la postura que he sostenido desde la anterior integración de la Corte: limitar esta facultad únicamente a casos con solicitudes internacionales debilita injustificadamente la capacidad del Estado mexicano para proteger el sistema financiero y combatir delitos graves como el lavado de dinero.

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