SCJN define qué juzgado debe resolver amparos contra el bloqueo de cuentas bancarias
Contradicción de criterios 129/2026
Dos tribunales federales sostuvieron criterios distintos sobre qué juzgado debe resolver un amparo contra el bloqueo o aseguramiento de una cuenta bancaria, cuando la persona afectada se entera de la medida en un lugar diferente de aquel donde abrió su cuenta. Mientras uno señaló que podía tomarse en cuenta el lugar de apertura o el domicilio de la persona, otro sostuvo que debía atenderse al lugar donde tuvo conocimiento del bloqueo.
La Suprema Corte resolvió que el amparo debe ser presentado y atendido por el juzgado que tenga jurisdicción en el lugar donde se encuentra la sucursal bancaria en la que se abrió la cuenta afectada, pues es ahí donde se considera que se ejecuta la medida. Con ello, estableció un criterio claro para evitar que la competencia dependa del domicilio de la persona o del lugar donde se entere del bloqueo.
Voté a favor del proyecto porque brinda certeza sobre qué juzgado debe atender estos casos. Las instituciones bancarias identifican y administran cada cuenta a partir de una sucursal específica, incluso cuando se abre por medios digitales.


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