SCJN determina que personas juzgadoras deben investigar y reunir pruebas por posibles daños ambientales
Amparo en revisión 450/2025
La protección al derecho al medio ambiente sano exige que los órganos jurisdiccionales recaben todas las pruebas necesarias para determinar la existencia y alcance de los posibles daños ambientales. La SCJN estableció que esta obligación resulta aplicable cuando se denuncien afectaciones u omisiones de las autoridades, como ocurrió en el caso del Parque Nacional Benito Juárez, en Oaxaca, a fin de contar con los elementos necesarios para determinar las medidas de remediación que correspondan.
Aprobado por unanimidad de nueve votos de las personas ministras Batres Guadarrama, Sara Irene Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Aguilar Ortiz.
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