SCJN invalida disposiciones de la Ley de Justicia Cívica de Nuevo León

Acción de inconstitucionalidad 69/2023

6 de octubre de 2026

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó diversas disposiciones de la Ley de Justicia Cívica de Nuevo León relacionadas con los derechos de pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad, al considerar que fueron aprobadas sin consulta previa. También cuestionó la creación de un registro estatal de personas detenidas por faltas administrativas y las facultades otorgadas a la policía para reunir pruebas y decidir sobre la responsabilidad de las personas infractoras.

La Suprema Corte desestimó los planteamientos relacionados con la falta de consulta previa a pueblos y comunidades indígenas y personas con discapacidad y, por otra parte, invalidó las normas relacionadas con el registro de detenciones, por tratarse de una materia federal, así como aquellas que otorgaban a la policía funciones propias de las autoridades de justicia cívica.

Voté a favor de invalidar las normas sobre el registro de detenciones y las facultades excesivas de la policía, pero en contra de eliminar las relacionadas con pueblos y comunidades indígenas y personas con discapacidad. Sostuve que la CNDH no estaba facultada para reclamar la falta de consulta indígena y que, en el caso de las personas con discapacidad, debe considerarse el efecto concreto de la decisión, pues invalidar disposiciones que garantizan intérpretes, medidas de accesibilidad y otros apoyos que ya regulan disposiciones como la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad sería una grave regresión prohibida en la propia Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

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