SCJN invalida multas de tránsito superiores a 11 millones de pesos en Hermosillo, Sonora

Comunicado 99/2026

Lenia Batres Guadarrama

10/7/2026

  • La Corte determinó que los ayuntamientos no pueden fijar sanciones económicas superiores a las autorizadas por los congresos estatales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 106, fracción II, del Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo, Sonora, que establecía multas de hasta 11 millones 731,000 pesos, al determinar que el Ayuntamiento excedió sus facultades e invadió una atribución reservada al Congreso estatal.

Al resolver la controversia constitucional 156/2025, promovida por el Congreso de Sonora, la Corte analizó una disposición que permitía imponer multas de entre 40 y 100 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), montos considerablemente superiores a los previstos en la legislación del estado.

La Suprema Corte explicó que, si bien los municipios tienen facultades para regular el tránsito, corresponde al Congreso estatal establecer los montos y parámetros de las multas mediante la legislación correspondiente y las leyes de ingresos municipales.

En consecuencia, determinó que el Ayuntamiento de Hermosillo excedió su facultad reglamentaria al establecer unilateralmente sanciones económicas fuera de los límites autorizados por el Poder Legislativo local.

Con esta resolución, la Corte reafirma que las autoridades municipales deben respetar los límites establecidos en la ley al imponer multas de tránsito, para evitar sanciones económicas arbitrarias.

7 de octubre de 2026

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