SCJN protege bienestar de niñas, niños y adolescentes frente a cambio de adscripción de su padre o madre servidora pública
Comunicado 68/2026
Es procedente otorgar una suspensión provisional contra el cambio de lugar de trabajo de una persona servidora pública de tribunales agrarios, cuando esto pueda afectar el interés superior de sus hijas o hijos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que debe protegerse la continuidad educativa, el acceso a servicios de salud y otras condiciones esenciales para el bienestar de niñas, niños y adolescentes, cuando un cambio de adscripción de su padre o madre trabajadora de tribunales agrarios pueda ponerlas en riesgo.
Al resolver la contradicción de criterios 254/2025, el Pleno, por mayoría, fijó como criterio que es procedente otorgar una suspensión provisional contra el cambio de lugar de trabajo de personas servidoras públicas adscritas a tribunales agrarios cuando se acredite que, de forma indiciaria, pueda afectar el interés superior de personas menores de edad.
Voté a favor, porque si bien los cambios de adscripción responden a necesidades del servicio público y su suspensión puede afectar el interés social, existen excepciones cuando se presenta un riesgo de afectación a derechos, como la educación o la salud de personas menores de edad.
La medida cautelar cumple su finalidad de evitar daños de difícil reparación mientras se resuelve el fondo del asunto. Así, la protección de niñas, niños y adolescentes y el interés social se satisfacen de manera simultánea, sin que uno anule al otro, lo que garantiza que el Estado organice sus funciones de forma compatible con sus derechos.
11 de mayo de 2026
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