SCJN protege derecho a una alimentación saludable en las escuelas
Comunicado 100/2026
Restringir la venta de productos con sellos de advertencia en los planteles educativos ayuda a prevenir enfermedades como la obesidad, la diabetes y la hipertensión: ministra Lenia Batres Guadarrama.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad de las medidas que prohíben la venta, distribución y publicidad de alimentos y bebidas con sellos de advertencia en instituciones educativas, al determinar que estas restricciones protegen la salud de las y los estudiantes y promueven una alimentación saludable.
Al resolver los amparos en revisión 127/2026, 183/2026 y 91/2026, la Corte analizó las impugnaciones de diversas empresas contra las disposiciones que restringen la comercialización de productos con exceso de azúcares, grasas, sodio o calorías en escuelas, preparatorias y universidades. Las empresas argumentaron que estas medidas afectaban su libertad de comercio y limitaban sus actividades económicas.
El Pleno negó los amparos al determinar que las restricciones son constitucionales, pues no impiden a las empresas continuar con sus actividades comerciales, sino que regulan los productos que pueden ofrecer dentro de los planteles educativos para proteger la salud de la comunidad estudiantil.
En el asunto 91/2026 de la ministra Lenia Batres Guadarrama y que fue aprobado por unanimidad de ministras y ministros, se destacó la necesidad de adoptar medidas que permitan prevenir enfermedades asociadas al sobrepeso y la obesidad, así como fomentar hábitos alimenticios saludables, ante la gravedad de estos problemas de salud pública.
Durante la sesión, la ministra recordó que la Organización Mundial de la Salud reconoce la obesidad como una pandemia y que la Organización Panamericana de la Salud distingue a México por sus avances en la implementación del etiquetado frontal de advertencia en alimentos y bebidas. Señaló que este sistema permite a las personas identificar productos con exceso de componentes que pueden afectar su salud y tomar decisiones informadas sobre su alimentación, lo que contribuye a prevenir enfermedades como la diabetes y la hipertensión.
La ministra Batres respaldó la constitucionalidad de estas medidas, al sostener que se aplica por igual a las instituciones educativas privadas, públicas, incluyendo las autónomas, y se prioriza el interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como la protección de la salud de la comunidad estudiantil y de la sociedad en general.
13 de octubre de 2026
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