SCJN revisa sanciones por terapias de conversión en San Luis Potosí

Comunicado 86/2026

Lenia Batres Guadarrama

8/31/2026

  • Proceden las sanciones a servidores públicos que intervengan en estas acciones, y la aplicación de penas más severas cuando los hechos ocurren en el ámbito familiar.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisó diversas disposiciones del Código Penal de San Luis Potosí que sancionan las llamadas “terapias de conversión”, prácticas dirigidas a incidir en la orientación sexual o identidad de género de una persona.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 130/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Corte validó la destitución e inhabilitación de las personas servidoras públicas que incurran en estas conductas. También analizó la reducción de las sanciones prevista cuando estas prácticas son realizadas por madres, padres o tutores, así como el aumento de las penas cuando ocurren dentro del ámbito familiar. En estos puntos no se alcanzó la votación requerida para invalidar las disposiciones, por lo que ambas permanecen vigentes.

La ministra Lenia Batres Guadarrama votó parcialmente a favor del proyecto. Coincidió en mantener sanciones más severas para las personas servidoras públicas y se pronunció en contra de invalidar el aumento de las penas cuando las terapias de conversión ocurren en el ámbito familiar, en virtud que es precisamente dentro de los hogares, donde las víctimas pueden encontrarse en una situación de mayor vulnerabilidad, por lo que se justifica una mayor protección frente a estas conductas.

En congruencia, la ministra Batres Guadarrama se pronunció contra la reducción de las sanciones para madres, padres y tutores, pues quienes tienen un deber especial de cuidado y protección no deben recibir un trato más favorable cuando someten a una persona a estas prácticas.

Se desestimó la acción de inconstitucionalidad respecto de la invalidez del aumento de la sanción a la persona que tuviera una relación “doméstica” con la víctima.

31 de agosto de 2026

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