SCJN ratifica prohibición de intervención extranjera en empresa de comunicación
Amparo en revisión 249/2026
La SCJN confirmó negar el amparo a una empresa con concesión de radiodifusión en el estado de Colima, respecto de la normatividad contenida en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicada el 16 de julio de 2025.
El pleno de la Suprema Corte ratificó la prohibición a los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión, televisión o audio restringidos en el país, de transmitir propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo de gobiernos extranjeros, excepto cuando se trate de promoción turística, cultural o deportiva.
Los gobiernos extranjeros tampoco podrán utilizar medios de comunicación nacional para influir en asuntos internos del país.


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