SCJN valida medidas cautelares en el Código de Comercio

Amparo en revisión 214/2026

20 de octubre de 2026

Un grupo de acreedores solicitó congelar las cuentas bancarias y retener los bienes de una empresa para garantizar el pago de más de 4,700 millones de pesos, ante el riesgo de perder su inversión por un presunto desvío de recursos. Un juez autorizó estas medidas, pero la empresa promovió un amparo al señalar que no tuvo oportunidad de defenderse antes de su aplicación y que no existía una relación directa con los acreedores. Inicialmente, un juez federal le dio la razón al determinar que las medidas no estaban suficientemente justificadas.

La Suprema Corte negó el amparo a la empresa y confirmó la constitucionalidad de las disposiciones del Código de Comercio que permiten congelar cuentas y retener bienes para garantizar el pago de deudas. Determinó que estas medidas pueden aplicarse sin escuchar previamente a la parte afectada cuando sea necesario evitar que los recursos desaparezcan, siempre que se cumplan los requisitos legales para prevenir abusos y garantizar la reparación de posibles daños.

Voté a favor de la decisión, ya que ley establece requisitos claros para evitar decisiones arbitrarias al congelar cuentas o retener bienes.

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