Suprema Corte ordena juzgar con perspectiva de género y sin estereotipos en delitos sexuales
Amparo directo en revisión 6422/2024
Una mujer denunció haber sido violada por su exsuegro. Sin embargo, tanto el juzgado de primera instancia como el tribunal de apelación absolvieron al acusado al considerar que, debido a su estado de salud, no tenía capacidad para cometer el delito. La víctima promovió un amparo alegando falta de perspectiva de género y violaciones en el proceso; sin embargo, un tribunal colegiado le negó la protección federal y concluyó que las reglas procesales fueron aplicadas correctamente.
La Suprema Corte revocó la decisión y ordenó que el caso se estudie nuevamente con perspectiva de género y enfoque interseccional. Señaló que una posible relación de poder no puede descartarse únicamente por la edad, la condición física o el estado de salud de una persona, sino que también debe analizarse el contexto en que ocurrieron los hechos, especialmente cuando existe un vínculo familiar.
Voté a favor del apartado sustantivo de esta resolución, pero me aparté del criterio con el que se ordenó recalcular los días durante los cuales se suspendió el juicio oral, dado que dichas reposiciones deben darse solamente con los criterios previstos por la ley y no se debieran emitir lineamientos que pretenden superponerse a las disposiciones exactamente aplicables.


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